Ficha técnica del trámite



TR-JAP-003


Autorización a Instituciones de Asistencia Privada para que realicen actividades para la procuración de fondos.


Junta de Asistencia Privada.




Información general


Autorización a Instituciones de Asistencia Privada para que realicen actividades para la procuración de fondos.


Trámite


Trámite mediante el cual la Junta de Asistencia Privada autoriza a la Institución de Asistencia Privada solicitante, la realización de actividades para la procuración de fondos para sus fines asistenciales, previa verificación del cumplimiento de sus obligaciones en términos de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de Querétaro.




Ninguna




Cuando las Instituciones de Asistencia Privada deseen organizar colectas, rifas, tómbolas o loterías, festivales o eventos culturales, artísticos o de diversiones, y en general toda clase de actividades similares lícitas para la procuración de fondos.



No

Medio de presentación del trámite o servicio:
 El trámite o servicio se realiza de manera presencial en oficinas de atención mediante:
 Formato de solicitud


Plazo para resolver el trámite o servicio y, en su caso, si aplica la afirmativa o la negativa ficta:
3 Días hábiles

Días y horarios de atención al público para realizar el trámite o servicio:

Lunes a viernes, en días hábiles de 08:00 a 15:30 horas.


Quién puede presentar el trámite o servicio:
      Personas morales que realicen actividades de asistencia social.