Es la autorización que se otorga a las personas físicas o morales para que puedan accesar a sus predios, a través de una construcción sobre el derecho de vía de carreteras y caminos a cargo de la Comisión Estatal de Infraestructura (CEI). El diseño y construcción deberá atender los lineamientos técnicos oficiales y contar con el Alineamiento de predios al derecho de vía.
1. Provisional. 2. Temporal. 3. Definitivo. 4. Definitivo urbano. 5. Renovación.
El trámite se podrá solicitar cuando se requiera el acceso a una obra, construcción o desarrollo dentro de los predios colindantes con el derecho de vía de carreteras y caminos a cargo de la Comisión Estatal de Infraestructura (CEI), en cualquiera de las modalidades descritas: 1) Provisional: Es la autorización exclusivamente para realizar trabajos de construcción al interior del predio en tanto se autoriza la construcción del acceso definitivo. 2) Temporal: Es la autorización para el acceso a predio para un evento o actividad específica y que concluidas las actividades termina la autorización (tal es el caso de festividades, eventos deportivos, entre otros). 3) Definitivo: Es la autorización permanente de un acceso a predio. 4) Definitivo urbano: Es la autorización permanente de un acceso a predio que se encuentre inmerso en las zonas o asentamientos urbanos.
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