Registro Estatal de Regulaciones



Ficha de la Regulación
  
Ley de Protección a Víctimas, Ofendidos y Personas que intervienen en el Procedimiento Penal del Estado de Querétaro

  
Ley Estatal

  
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro "La Sombra de Arteaga"

  
20 de Marzo de 2014

  
Vigente

  
10 de Junio de 2022 - https://lasombradearteaga.segobqueretaro.gob.mx/getfile.php?p1=20220642-01.pdf
06 de Marzo de 2019 - https://lasombradearteaga.segobqueretaro.gob.mx/getfile.php?p1=20190326-01.pdf


  
Poder Legislativo

  
Seguridad, Legalidad y Justicia
  
Secretaría de Gobierno (SEGOB)
Organismos públicos autónomos
Secretaria de Salud
Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC)
Secretaría de Educación (SEDEQ)
Secretaría de Desarrollo Sustentable (SEDESU)
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Querétaro (DIF).
Servicios de Salud del Estado de Querétaro (SESEQ)
Unidad de Servicios para la Educación Básica en el Estado de Querétaro (USEBEQ)
Instituto Queretano de las Mujeres (IQM).
Municipios


  
Derechos humanos
Seguridad, legalidad y justicia


  
Publico en general


  

I. Reconocer y garantizar el efectivo ejercicio de los derechos de la víctima u ofendido del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho de asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, debida diligencia y todos los demás derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, en la Ley General de Víctimas, en la Constitución Política del Estado de Querétaro, y en las demás disposiciones legales aplicables en la materia; II. Establecer acciones, medidas y procedimientos que garanticen la protección y atención de las personas que intervienen en el procedimiento penal, cuando éstas se encuentren en situación de riesgo grave o peligro inminente con motivo de su participación o como resultado del mismo, en términos de lo dispuesto por el artículo 20, apartado C, fracción V, de la Constitución Federal, los Tratados Internacionales celebrados y ratificados por el Estado mexicano, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley General de Víctimas y demás leyes aplicables en la materia; III. Implementar mecanismos para que todas las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplan con sus obligaciones de prevenir, investigar, sancionar y lograr la reparación integral de conformidad con las disposiciones legales aplicables en la materia; IV. Garantizar un efectivo ejercicio del derecho de las víctimas a la justicia en estricto cumplimiento de las reglas del debido proceso; y V. Establecer los deberes y obligaciones específicos a cargo de las autoridades de todo aquel que intervenga en los procedimientos relacionados con las víctimas.



  


  
Sin Trámites asociados
Sin Servicios asociados

  
Sin inspectores asociados


  
No aplica

  
Estado de Querétaro